Viene en la portada del Diario Médico de hoy, la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia contra corriente del criterio generalizado de todos los tribunales, según el cual los actos de cirugía estética son equiparables a los contratos de obra y deben obtener los resultados pactados con el paciente previamente.

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Esta contradicción, según los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid se debe a que existen algunas diferencias entre los contratos de obra con proyecto y los contratos que se realizan en Estética, ya que por mucho que se describa la técnica y los resultados, “siempre hay factores que la condicionan”, entre ellos, el estado físico del paciente, sus antecedentes y un largo etcétera.

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Aunque te hayan llamado monumento en alguna ocasión, tu cuerpo no es un edificio urbano y las operaciones de cirugía estética no tienen nada que ver con construir un jacuzzi en el jardín, al menos en Madrid. ¿Qué opinas?

Imágenes: El Escalpelo Armónico y Ponte a punto

Vía: Diario Médico