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La batalla entre cirujanos plásticos, estéticos y reparadores contra los medicos estéticos es famosa desde hace años. Los cirujanos plásticos acusaban de intrusismo profesional a los médicos estéticos. Pues, la justicia suprema y los Reales Decretos de nuevo cuño han dictado sentencia a favor de los médicos estéticos.

Y una vez más, la Unión Profesional de Médicos y Cirujanos Estéticos quiere dejar claro ante la administración, ciudadanos y medios de comunicación que las declaraciones de la SECPRE sobre intrusismo profesional no se ciñen a la realidad profesional ni jurídica.

A partir de ahora, quien se refiera a la cirugía estética como algo exclusivo de una especialidad, falta a la verdad y directamente a la ley.

Nosotr@s informamos de los ataques entre ambos colectivos. Parece claro que ningún profesional médico tiene la exclusiva de la praxis médica de naturaleza estética.

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La especialidad de medicina estética permite anunciar tal condición y generar un plus de confianza, siempre y cuando no se hagan pasar por otros especialistas. Al respecto, la sentencia del TS 1612/02, excluye expresamente el intrusismo, dado que la profesión médica es una sola y para que hubiera intrusismo, sería necesario que el RD 127/84 delimitase bien las materias de cada especialidad, lo cual no hace. Así, es la jurisprudencia española, en otros países sí está perfectamente delimitado.

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Para terminar con esta batalla legal entre médicos, el proyecto de Real Decreto de 12 de junio de 2015 establece las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, y la protesta al respecto de la Sociedad Española de Cirugía Plástica Estética y Reparadora y (SECPRE), “que aprovecha para realizar declaraciones sesgadas, partidistas y siempre dirigidas a monopolizar el amplio sector de la medicina y cirugía estética, siempre con el mismo argumento y sin variarlo desde el 2002, cuando por el REAL DECRETO 139/2003, de 7 de febrero, el título de Cirugía  Plástica y Reparadora pasó a denominarse Cirugía Plástica Estética y Reparadora; la Unión Profesional de Médicos y Cirujanos Estéticos de España (UP), asociación profesional constituida y formada por médicos de diferentes especialidades que ejercen la medicina y cirugía estética, debidamente acreditados, por sus respectivos colegios profesionales, se ve en la obligación de puntualizar, en cuanto a la acusación de la SECPRE, que no cabe en la legalidad vigente hablar de intrusismo en Estética, sólo cuando alguien se atribuye un título académico o un título oficial del que se carece. El RD 139/03 no supone que exclusivamente los cirujanos plásticos puedan realizar actos estéticos, pues los mismos son propios de dermatólogos, flebólogos, cirujanos maxilofaciales, ginecólogos y muchos otros profesionales de la Medicina, que pueden realizar actos con fines puramente estéticos, únicamente que no pueden denominarse cirujanos plásticos, estéticos y reparadores” aclara la UP.

Además, ya el Tribunal Supremo (STS 11-1-96, recurso 8278/94, Ar.1996/179) declaró que “el título de Especialista sólo es necesario para ejercer la profesión con este carácter”.  Lo que a efectos legales significa que quien está en posesión del título de Medicina no puede cometer intrusismo.

 

Unión Profesional de Médicos